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Abrir Un Caso
¿Cuanto cobran por sus servicios?
Nuestros servicios son gratuitos.
¿Quién es elegible para servicios?
Cualquier padre puede solicitar nuestros servicios. Abrimos casos cuando una persona reciba asistencia pública o cuando tenga la tutela de un menor y provea verificación de la patria potestad.
¿Como puedo abrir un caso con el Departamento de Manutención de Menores?
Puede enviar su solicitud electrónicamente mediante SOLAR, imprimir una solicitud haciendo clic en el botón "Solicitar Servicios", o llamando al 1-866-901-3212 para pedir una solicitud por correo. También puede obtener una solicitud en nuestra oficina: 4651 Telephone Road, Suite 101, Ventura, CA.
¿Qué tipo de documentación es necesaria para proceder con el caso de manutención?
Lo más importante es el nombre y numero del seguro social del otro padre. Otros datos importantes que ayudaran, incluyen lugar de empleo, domicilio, dirección de empleo, fecha de nacimiento y cualquier orden jurídica vigente.
¿Por qué es importante establecer la paternidad?
El juez no puede ordenar a un padre sin custodia que pague manutención hasta que la paternidad se establezca legalmente.
¿Qué sucede después de que se establece la paternidad?
Ya que la paternidad sea establecida, el Departamento de Manutención de Menores obtiene una orden jurídica de sustento monetario y medico. Al obtener esta orden, el departamento utilizara todos los recursos disponibles para hacer cumplir esta orden.
¿Que debo hacer cuando reciba la Citación Judicial y Demanda?
Llame a nuestra oficina para hablar sobre su caso o hacer una cita. También tiene la opción de registrar la Respuesta adjunta, con el actuario del Tribunal Superior dentro de 30 días de haber recibido la Demanda.
¿Y si ignoro la Demanda?
Si usted recibió la Citación Judicial y Demanda y no hace nada, le pediremos al juez un Fallo por Incomparecencia. El Fallo Propuesto incluido con la Demanda tomara efecto con una determinación final de manutención.
¿Qué sucede si registro una Respuesta con el tribunal?
Cuando registra una Respuesta en el tribunal, se le dará una fecha para comparecer frente al juez. Durante la audiencia tendrá la oportunidad de disputar el Fallo Propuesto.
¿Cómo puedo pedir pruebas genéticas?
Si ha recibido una Citación Judicial y Demanda, es posible que usted pueda pedir prueba de ADN. Para información llame a nuestra oficina al 1-866-901-3212.
¿Cómo se determina la cantidad de manutención?
La cantidad es determinada con varios factores, por ejemplo; los ingresos de cada padre, el tiempo y cuidado que cada padre comparte con el menor. El juez utiliza mandatos estatales según el Código Familiar de California. La guía de calculación que el juez utiliza esta disponible al público en el sitio web del Departamento de Manutención de Menores de California: Guideline Calculator
¿Puedo evitar presentarme ante el juez?
Si. Puede evitar ver al juez si ambos padres llegan a un acuerdo acerca de la cantidad de manutención y firman una estipulación, que es un acuerdo legal. Llame a nuestra oficina para hacer una cita para hablar sobre su caso.
Administración del Caso y Cambios
Mi situación ha cambiado. ¿Cómo puedo cambiar la cantidad de manutención?
Cualquiera parte puede pedir un reviso de la orden jurídica de manutención llamando al Departamento de Manutención de Menores. A este proceso se le llama modificación de la orden. Se enviaran documentos a las dos partes. Para que su caso siga adelante con el reviso, usted debe de regresar los documentos que se le enviaron dentro de 20 días. También tiene la opción de pedirle al tribunal directamente la modificación.
¿Puedo cambiar la orden de manutención si mi hijo se viene a vivir conmigo?
Cuando se presente un cambio de visitas o patria potestad del menor, usted puede pedir que nuestra oficina revise la orden de manutención para modificarla o puede pedir una audiencia con el tribunal. En ciertos casos, puede reducir la cantidad de manutención o es posible que al otro padre se le ordene pagar manutención.
¿Puedo cerrar mi caso?
Puede pedir cerrar su caso si usted es la persona que solicito nuestros servicios. Si los niños están recibiendo asistencia pública, el caso no se puede cerrar. Si los niños no están recibiendo asistencia pública pero todavía se le debe dinero al estado, el caso se mantendrá abierto para cobrar este dinero.
Preguntas Financieras
¿Cómo sabe mi empleador cuanto dinero rebajar para la manutención?
Al obtener la orden jurídica de manutención, se envía una orden de embargo de sueldo al empleador del padre que esta obligado a pagar con instrucciones de cuanto deducir y a donde enviar el pago.
¿Tengo que seguir pagando manutención si es que pierdo mi empleo?
Esta obligado a pagar la manutención pero puede llamar a nuestra oficina a pedir un reviso para modificación. Si el Departamento de Manutención de Menores no puede proceder con la modificación, usted puede registrar su petición en el tribunal.
¿Cuándo cede la manutención de menores?
En el estado de California, la mensualidad de manutención cede cuando el menor cumpla 18 años de edad o se gradúe de la secundaria, lo que suceda mas tarde. La manutención se puede cobrar hasta que el niño cumpla 19 años de edad con verificación por escrito de matriculación en la secundaria. El juez puede ordenar que la manutención continúe después de los 18 años cuando hay circunstancias especiales. Cuando el niño sea emancipado, si todavía se debe dinero a la cuenta, se le seguirá cobrando este dinero.
Para los Padres de Menores Recibiendo Asistencia Pública (TANF o MediCal)
Estoy recibiendo asistencia pública pero no solicité sus servicios. ¿Por qué se abrió un caso?
La Agencia de Servicios Humanos refiere los casos que están recibiendo asistencia pública a nuestro departamento. Nuestro departamento esta obligado a abrir un caso y establecer una orden jurídica de sustento monetario en los casos donde los niños están recibiendo asistencia monetaria o MediCal, y uno de los dos padres esta fuera del hogar.
El otro padre y yo tenemos un arreglo para la manutención. ¿Por qué están ustedes involucrados?
Cuando los menores reciben asistencia pública, nuestra oficina esta obligada a establecer la paternidad y obtener una orden jurídica de manutención.
¿Qué significa "asignar" mis derechos de sustento?
Por ley, cuando usted recibe asistencia pública usted asigna sus derechos de sustento monetario al estado. Por esto, el estado tiene el derecho de quedarse con cualquier dinero que le corresponda a usted de manutención de menores o sustento de conyugue mientras que este recibiendo asistencia pública. Este dinero se utiliza para reembolsar al estado por la asistencia pública que recibió.
¿Qué significa "cooperar" con el Departamento de Manutención de Menores?
Si usted esta recibiendo asistencia pública y no coopera con nuestro departamento, sus beneficios pueden ser afectados. "Cooperar" significa que usted debe proveer información y documentos necesarios para establecer la paternidad, localizar al otro padre, y asegurar pagos para los niños. Si usted reclama "Buena Causa" con la Agencia de Servicios Humanos, esto lo dispensa de cooperar con nuestro departamento. "Buena Causa" quiere decir que usted tiene razones justificadas para no cooperar. Así como, la posibilidad de que usted o los niños sufran daño físico o emocional. Si la Agencia de Servicios Humanos aprueba la “Buena Causa”, nuestra oficina cerrara su caso.
¿Si el padre sin custodia no paga la cuenta, esto puede afectar mis beneficios de asistencia pública?
No. Mientras usted coopere con el Departamento de Manutención de Menores, su elegibilidad no será afectada por falta de pago del padre sin custodia.
¿Cerraran el caso si ya no estoy recibiendo asistencia pública?
Al menos que usted nos pida cerrar su parte del caso, nuestra oficina continuara cobrando la manutención que se le debe a usted. Si usted pide que su parte del caso se cierre, nuestra oficina mantendrá el caso abierto para cobrar la cuenta retrasada y dinero debido por el tiempo que los niños recibieron asistencia pública.
Misceláneos
¿Un amigo, pariente, conyugue, puede comunicarse con el Departamento de Manutención de Menores por mi parte?
Leyes de privacidad prohíben a nuestra oficina de hablar o verificar sobre cualquier aspecto de su caso con otras partes. Si usted esta representado por un abogado en el caso de manutención, nuestra oficina no esta permitida a hablar directamente con usted a menos que su abogado nos de el permiso. A veces con ese permiso, si no esta su abogado presente solamente podemos proveer información general.
Si no encontró la respuesta que buscaba, por favor llame a nuestra oficina al 1-866-901-3212. En la sección Comuníquese con Nosotros encontrara el horario y dirección de la oficina.